¿Cuándo es necesario el certificado energético?


  • Venta o alquiler de inmuebles: Obligatorio desde 2013 para vender o alquilar cualquier vivienda o local.
  • Edificios de uso público: Para edificios de instituciones o empresas públicas con superficies superiores a 250 m² y frecuentados por el público.
  • Rehabilitaciones y reformas: En caso de modificaciones que afecten la envolvente térmica o las instalaciones del edificio.

¿Cuándo es necesario el certificado energético en España?

En España, el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es obligatorio en varias situaciones específicas, según la normativa establecida por el Real Decreto 235/2013. Las situaciones en las que es necesario son las siguientes:

1. Venta de un Inmueble

  • Desde 2013, es obligatorio contar con el certificado energético al poner en venta cualquier inmueble, ya sea una vivienda, un local comercial, un edificio completo o incluso una oficina.
  • El vendedor debe entregar una copia del certificado al comprador en el momento de la transacción, y la calificación energética debe aparecer en la publicidad del inmueble.

2. Alquiler de un Inmueble

  • También es obligatorio al alquilar un inmueble, independientemente de si es una vivienda o un local.
  • El arrendador debe proporcionar el certificado al inquilino para informarle sobre la eficiencia energética del inmueble antes de firmar el contrato.

3. Edificios de Nueva Construcción

  • Para obtener la licencia de primera ocupación o el permiso de habitabilidad en una vivienda o edificio nuevo, es imprescindible contar con un certificado energético.
  • El promotor o constructor del inmueble debe asegurarse de obtener el certificado antes de su finalización.

4. Reformas o Rehabilitaciones de Gran Envergadura

  • Si el inmueble se somete a una reforma significativa que modifique más del 25% de su superficie total o afecte a su envolvente térmica (tejados, fachadas, ventanas, etc.), se debe obtener un nuevo certificado.
  • Esto se aplica tanto a viviendas como a locales comerciales y otros tipos de edificios.

5. Edificios Públicos y Locales de Uso Público

  • Los edificios de uso público que ocupen más de 250 m² y sean frecuentados habitualmente por el público están obligados a exhibir el certificado energético en un lugar visible.
  • Esto se aplica especialmente a edificios de instituciones públicas, ayuntamientos, escuelas, hospitales, bibliotecas, entre otros.

6. Publicidad de Venta o Alquiler de Inmuebles

  • La normativa establece que cualquier anuncio o publicidad de un inmueble en venta o alquiler debe incluir la calificación energética.
  • Esto implica que inmobiliarias, promotores y particulares deben mostrar el nivel de eficiencia energética en los anuncios impresos y online para informar a los posibles compradores o arrendatarios.

7. Excepciones al Certificado Energético

Aunque el CEE es obligatorio en la mayoría de los casos, hay algunas excepciones, como:

  • Edificios y monumentos protegidos o declarados de interés cultural.
  • Edificios de uso temporal (menos de cuatro meses al año) o construcciones provisionales (menos de dos años).
  • Edificios religiosos y de culto.
  • Edificios industriales, agrícolas o talleres que no tengan zona de uso residencial o de oficinas.
  • Edificios aislados con una superficie útil inferior a 50 m².

En resumen:

El certificado energético es necesario en España para casi todas las transacciones de venta y alquiler de inmuebles, para la obtención de licencias en nuevas construcciones, y para ciertos edificios públicos o de gran superficie.